Prestaciones derivadas de la ley de integración social de los minusválidos( L.I.S.M.I.)
Son prestaciones destinadas a personas con discapacidad física, psíquica o sensorial reconocida, residentes en la Comunidad de Madrid, que por no desarrollar una actividad laboral, no se encuentran incluidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social.
- ASISTENCIA SANITARIA Y PRESTACIÓN FARMACEÚTICA, que consiste en facilitar los servicios destinados a restablecer y conservar la salud de los beneficiarios. Su extensión es idéntica que la dispensada por enfermedad común, accidente no laboral y maternidad, a los afiliados al Régimen General de la Seguridad Social. La prestación farmaceútica incluye la dispensación gratuita de medicamentos para los beneficiarios.
- SUBSIDIO DE MOVILIDAD Y COMPENSACIÓN PARA GASTOS DE TRANSPORTE, destinado a atender los gastos de desplazamiento fuera del domicilio de personas discapacitadas con graves dificultades de utilización de transportes colectivos
¿Qué tiene Vd. que hacer para solicitar el servicio?
Hablar con su Trabajador/a social en el Centro de Servicios Sociales más cercano a su domicilio.