Consejo Local
Consejo local de atención a la infancia y adolescencia
Son órganos colegiados de coordinación de las distintas Administraciones Públicas, y de participación de las entidades, asociaciones, y organizaciones de la iniciativa social que residen en un determinado territorio (artículo 2 de la Ley 18/1999, de 29 de abril).
Fomentan la participación social de los niños, niñas y adolescentes que residen en su ámbito territorial y contribuyen a la expresión y al conocimiento directo de sus intereses y necesidades.
Funciones
- Coordinación institucional.
- Fomentar la participación de la Infancia y Adolescencia.
- Sensibilización, formación y promoción de Derechos de la Infancia y Adolescencia.
- Prevención y detección de la dificultad social.
Funcionamiento
- Cada uno de los Consejos Locales de Atención a la Infancia y la Adolescencia propondrá sus Normas Particulares de Organización y Funcionamiento y las elevará a la Comunidad de Madrid para su estudio y aprobación.
- El pleno se reúne cuatrimestralmente en sesión ordinaria o extraordinaria a iniciativa de su Presidente o de un tercio de sus miembros, y al mismo podrán acudir personas de reconocido prestigio que puedan contribuir a la consecución de sus fines. En él los acuerdos se adoptarán por asentimiento, con carácter general.