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Consejo Local

Consejo local de atención a la infancia y adolescencia

Son órganos colegiados de coordinación de las distintas Administraciones Públicas, y de participación de las entidades, asociaciones, y organizaciones de la iniciativa social que residen en un determinado territorio (artículo 2 de la Ley 18/1999, de 29 de abril).

Fomentan la participación social de los niños, niñas y adolescentes que residen en su ámbito territorial y contribuyen a la expresión y al conocimiento directo de sus intereses y necesidades.

Funciones

  • Coordinación institucional.
  • Fomentar la participación de la Infancia y Adolescencia.
  • Sensibilización, formación y promoción de Derechos de la Infancia y Adolescencia.
  • Prevención y detección de la dificultad social.

Funcionamiento

  • Cada uno de los Consejos Locales de Atención a la Infancia y la Adolescencia propondrá sus Normas Particulares de Organización y Funcionamiento y las elevará a la Comunidad de Madrid para su estudio y aprobación.
  • El pleno se reúne cuatrimestralmente en sesión ordinaria o extraordinaria a iniciativa de su Presidente o de un tercio de sus miembros, y al mismo podrán acudir personas de reconocido prestigio que puedan contribuir a la consecución de sus fines. En él los acuerdos se adoptarán por asentimiento, con carácter general.