El Ayuntamiento de Parla recuerda que todos los demandantes de vivienda deben cumplir los requisitos establecidos

La Oficina de la Vivienda se encarga de remitir a la empresa el listado de demandantes que siempre deben estar inscritos mediante solicitud previa en el Registro del Ayuntamiento.

15/10/2014 00:00

El Ayuntamiento de Parla ha desmentido este miércoles la información aparecida en un medio nacional según la cuál una empresa inmobiliaria ofrecería viviendas en suelo municipal sin ningún tipo de requisito previo.

El Consistorio parleño niega estas afirmaciones y aclara que esta promoción, situada en la avenida de los Planetas de la ciudad, se levantará en suelo municipal tras la adjudicación mediante concurso a la empresa Edimec Gestión, S.L. Se trata de una concesión por 75 años para ofrecer viviendas en régimen de alquiler con opción a compra, una fórmula que ya funciona con éxito en la localidad y que se utiliza en otros muchos municipios.

Los demandantes de estas viviendas deben cumplir escrupulosamente con los requisitos establecidos en el Registro Único de Solicitantes de Vivienda del Ayuntamiento de Parla, como paso previo e indispensable para poder optar a esta promoción. De hecho, así se informa en el documento firmado por todos los futuros adjudicatarios, en el que reconocen “haber sido informados de estas condiciones y reconocen estar obligados a cumplir los requisitos: estar inscritos como solicitantes de vivienda en el Ayuntamiento de Parla y cumplir las condiciones establecidas por el Ayuntamiento en cuanto a edad, novel de ingresos, cargas familiares y empadronamiento entre otras. Si los interesados no cumpliesen estos requisitos no podrían optar a estas viviendas.

El alcalde de Parla, José María Fraile, ha confirmado que se trata de una fórmula totalmente legal y se ha mostrado sorprendido ya que “parece que las dudas surgen porque estas viviendas tienen piscina, zonas comunes e infantiles”. Por eso el regidor ha destacado, “me sorprende comprobar cómo algunas personas creen que una vivienda con un precio razonable, destinada a personas que tienen un salario no muy elevado –que ronde los 15.000 euros anuales- deben carecer de estos elementos. ¿Qué ocurre, que una vivienda asequible destinada a familias con pocos recursos no puede tener jardín y piscina? Me temo que el debate va por otro lado, no por el de debatir el acceso o no a una vivienda en suelo municipal, sino en estigmatizar a muchos ciudadanos que están pasando dificultades”, ha añadido.

Parla no cuenta actualmente con un plan de vivienda social propiamente dicho, sino que el Ayuntamiento de la ciudad desarrolla y promueve una política en esta materia encaminada a facilitar a todos los vecinos y vecinas que lo necesiten una vivienda de calidad a precios asequibles y con todos los servicios posibles. La Oficina Municipal de la Vivienda es el organismo que se encarga de recepcionar y gestionar la lista de demandantes de vivienda, que posteriormente remite a la empresa concesionaria para la selección y adjudicación de los pisos de esta promoción.

El Ayuntamiento de Parla pretende así que cualquier vecino que cumpla con los requisitos establecidos tenga la oportunidad de acceder a una vivienda de calidad en igualdad de condiciones y pueda disfrutar de todos los servicios y comodidades posibles siempre y cuando se ajuste a los requerimientos establecidos. Los interesados deben tener una renta que ronde los 15.000 euros.

Asimismo, el Consistorio quiere aclarar que estas viviendas en particular, tal y como ocurre en otras promociones, tienen un precio de compra más reducido por tratarse precisamente de suelo municipal y porque se trata de una concesión a 75 años, una fórmula que se emplea habitualmente en la adquisición, por ejemplo, de plazas de garaje. Gracias a iniciativas de este tipo, una familia podría acceder a una vivienda de este tipo por una hipoteca mensual que rondaría los 250 euros.

REQUISITOS PARA OPTAR A ESTAS VIVIENDAS

Los demandantes de vivienda que deseen inscribirse en el Registro Único de Solicitantes de Vivienda del Ayuntamiento de Parla deben cumplir los siguientes requisitos:

- Documento Nacional de Identidad o permiso de residencia en vigor.

- Residir en el municipio de Parla en los últimos cuatro años de forma interrumpida, o de los últimos seis, cuatro años de forma interrumpida. En caso de violencia de género y víctima de terrorismo éste requisito no será tenido en cuenta.

- Acreditar empadronamiento en el municipio de Parla de forma continuada durante los cuatro últimos años, contados hacia atrás desde la fecha de la solicitud.

- Acreditar no ser titular de un derecho de propiedad, derecho real o de uso y disfrute de otra vivienda en todo el territorio nacional. No sería de aplicación este requisito si como consecuencia de un proceso de divorcio o separación la sentencia judicial le priva del derecho de uso de la vivienda que tiene en propiedad o régimen de arrendamiento con derecho de prorroga forzosa.

- Acreditar mediante la presentación del Certificado de Índices del Registro de la Propiedad o documento equivalente, no haber sido durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de inscripción en el registro de solicitantes de vivienda, titular o beneficiario en régimen de propiedad de vivienda salvo que haya sido privado del uso de la vivienda por causa no imputable al interesado. No tendrá tal consideración la participación proindiviso inferior a la unidad cuando se haya obtenido por herencia y no se posea el derecho real de uso.

- Que la renta de la unidad familiar esté comprendida entre 2,1 y 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IMPREM)

Todos los solicitantes de vivienda en ésta y otras promociones de estas características son previamente informados de estos requisitos, que se comprometen a cumplir en el momento de la firma. En caso de que posteriormente se detectase cualquier irregularidad o incumplimiento, serían eliminados de la misma y perderían su derecho a estas viviendas.

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