El Ayuntamiento de Parla realizará gratuitamente la Declaración de la Renta Simplificada 2010 a los ciudadanos

Con el fin de facilitar a los ciudadanos de Parla la realización de la Declaración de la Renta 2010 –cuya Campaña arranca el 3 de mayo y finaliza el 30 de junio.

04/04/2011 00:00

El servicio se pone en marcha “ante la falta del convenio que en años anteriores ha firmado la Federación Española de Municipios y Provincias y la Comunidad de Madrid”,. El Ayuntamiento de Parla vuelve a asumir una competencia que no le corresponde para que la desidia de otros no perjudique a sus vecinos.

Así pone a disposición de los ciudadanos “la posibilidad de realizar la Declaración de la Renta Simplificada (sin ventas de pisos, locales, acciones, etc.), gratuitamente, sin tener que trasladarse a otro municipio”, ha explicado la concejala de Hacienda, Rosabel Fernández. También se atenderá a los ciudadanos que quieran contrastar el borrador de la renta o cuya renta sea simplificada

Las citas se pueden solicitar gratuitamente desde hoy y hasta el 29 de junio, en el teléfono 010, de lunes a viernes de 8.00 a 20.00 horas y los sábados de 9.00 a 13.00 horas. El servicio es gratuito y permite a los ciudadanos obtener gratis la declaración que deberán entregar en su banco o en la Delegación de Hacienda más próxima.

La oficina municipal se ubicará en el Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación (sede de los antiguos juzgados) en la calle Severo Ochoa 7 y estará dotada de seis puestos en los que se realizarán rentas simplificadas y se contrastarán borradores. El horario de realización de la declaración es de lunes a viernes de 8 a 15 horas

Los ciudadanos tendrán que aportar la siguiente documentación:

• Fotocopia del NIF de todos los miembros de la unidad familiar
• Declaración de la Renta 2009, en caso de haberse realizado
• Certificados de rendimientos de trabajo, desempleo, planes de pensiones, etc.
• Cuotas satisfechas a sindicatos, partidos políticos y defensa jurídica
• Certificado de intereses de cuentas, obligaciones, acciones, fondos de inversión, así como cualquier otro rendimiento mobiliario
• Recibos de contribución (IBI) de propiedades adquiridas a 31-12-2010. En caso de carecer del recibo, se aportarán las escrituras
• Cantidades pagadas por la adquisición de vivienda habitual (préstamos hipotecarios o cualquier otro préstamo referido a la vivienda habitual)
• Cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual, en cuyo caso, se aportará contrato y recibos del alquiler en el ejercicio 2010
• En el caso de ingresos de propiedades alquiladas, ingresos del ejercicio y gastos ocasionados (comunidad, seguros, administración, suministros, etc.)
• Justificantes de las cantidades donadas a entidades (Cruz Roja, ONGs, etc.)
• En caso de cambio de domicilio sin haberlo indicado a la Agencia Tributaria en la última declaración de la renta, habrá que notificarlo en la presente
• Cualquier información documentada que pueda repercutir en la declaración

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