El Ayuntamiento de Parla aprueba la modificación inicial de la Ordenanza Municipal de Protección Ambiental
Se ha aprobado inicialmente en Pleno Municipal, para adecuar la Ordenanza Municipal de Protección Ambiental de 2.001 a la legislación actual a la Ley 57/2003 de Bases de Régimen Local de Modernización del Gobierno Local.
15/04/2009 00:00
La tipificación de los hechos y las cuantías económicas de las sanciones son los capítulos que han sufrido modificaciones.
Como ha puntualizado la concejala de Medio Ambiente, Victoria Muñoz, tanto las tipificaciones “como las cuantías económicas que se proponen para las diferentes sanciones, no es una propuesta económica, sino que están fundadas en la Ley 57/2003 del 16 de diciembre de medidas para la modernización del Gobierno Local que limita las multas por infracción de Ordenanzas Locales”.
Así, se han tipificado -en el Capítulo de Normas particulares relativas a la protección de parques y jardines, arbolado urbano y limpieza de la vía pública- como nuevas infracciones leves, por ejemplo, arrojar basura, papeles, plástico o cualquier residuo en zonas verdes, vías públicas o privadas, en sus accesos, solares, fincas valladas o sin vallar; limpiar o manipular vehículos en la vía pública; la deposición de excrementos caninos, orines de animales domésticos en vía pública en lugares no autorizados; o encender fuego en lugares no autorizados.
Será infracción grave, por ejemplo, la publicidad masiva en las calles sin licencia previa. Y, entre las infracciones muy graves, se encuentra realizar pintadas en lugares no permitidos, talar árboles, hacer pruebas de tiro en lugares no autorizados, encender petardos o fuegos de artificio.
En general, se consideran infracciones todas aquellas actividades que impliquen perturbación de la tranquilidad o el pacífico ejercicio de los derechos de otras personas; perjuicio de la salubridad u ornato público; mal uso de un servicio y espacio público, del normal funcionamiento de un servicio público y/o daños a los equipamientos, infraestructuras, instalaciones o elementos de un servicio o espacio público.
En cuanto a las sanciones, se han actualizado en función de la citada ley, por lo que las infracciones leves pasan a ser sancionadas de 30 a 750 euros; las graves, de entre 30 y 60 a de entre 751 y 1.500 euros; y las infracciones muy graves pasan a sancionarse de hasta 90 euros a entre 1.500 y 3.000.