Consumo advierte de ventas fraudulentas bajo el reclamo de regalos
La concejalía de Consumo ha lanzado una advertencia a los ciudadanos y ciudadanos, a partir de una serie de reclamaciones y quejas que se han recibido en la OMIC. Se trata de empresas que visitan los domicilios para ofrecer la contratación de productos bajo el reclamo de regalos por los que, en realidad, también se cobra un elevado importe. Consumo advierte que los regalos que ofrecen estas empresas, no sólo no lo son, sino que “en muchos casos, es un préstamo del banco, con un importe que puede llegar a los 1.000 euros y que cuando se dan cuanta, tienen firmado un contrato con un banco o una financiera que ellos nunca han pedido. En todo caso, no hay que firmarlo nunca, hasta estar seguro de la compra. Si lo han hecho así no tienen nada que temer. Pero, si lo han firmado, no deben negarse a pagar los recibos porque puede haber problemas. Tienen que seguir pagando, personarse por al OMIC y nosotros ya le indicaremos qué otros pasos deben seguir”, explica el concejal de Consumo, Santiago Menchero.
13/10/2008 00:00
Para evitar ser víctima de esta venta fraudulenta, Consumo y Omic recomienda:
• Leer detenidamente el contrato.
• No firmar nada hasta estar conforme con las condiciones.
• No firmar, nunca, en “Conforme con la mercancía”, si no se les ha entregado nada.
• Cuando se reciba la mercancía, se debe reclamar un documento o albarán de entrega.
• En el caso de que se quiera cancelar el contrato, no se debe aceptar la mercancía.
• La ley dispone siete días naturales (incluyendo sábados, domingos y festivos) para revocar el contrato. Esta revocación debe realizarse por medio de burofax con certificación de texto y acuse de recibo, dentro de estos siete días.
• Pueden acudir a la Omic para conocer los trámites a seguir en este sentido.
• No se tiene que abonar ninguna cantidad, pese a recibir amenazas como que se les retirará la pensión, o que están siendo atendidos por abogados.
• No se debe permitir ser coaccionado o intimidado, si se han seguido estos pasos.
• Se debe dar orden a su banco de la devolución de cualquier recibo procedente de la empresa o financiera.
• Los ciudadanos que no hayan enviado el burofax porque hayan transcurrido más de siete días, y tengan un contrato firmado y financiado, deben seguir pagando los recibos hasta que sean asesorados por la Omic de los pasos a seguir.