Funcionamiento
Sesiones, convocatoria, orden del día
La Junta de Gobierno Local celebrará sesión ordinaria cada 15 días, como mínimo, aunque normalmente se celebra cada semana.
Las sesiones extraordinarias y las urgentes tendrán lugar cuando, con tal carácter, sean convocadas por el alcalde; asimismo la podrá reunir en cualquier momento cuando estime necesario conocer su opinión antes de dictar resoluciones.
Las sesiones de la Junta de Gobierno Local no son públicas, y se celebran en la Casa Consistorial, sede del Ayuntamiento.
Convocatoria y Orden del Día
El alcalde convoca la celebración mediante Decreto, en el que consta el día y la hora en que se celebrará la sesión ordinaria.
Las sesiones extraordinarias y urgentes tendrán lugar cuando, con tal carácter, sean convocadas por el alcalde.
Con el decreto de convocatoria se remite el Orden del Día de los asuntos que se van a tratar y el borrador del acta de la sesión anterior.
El Orden del Día es la relación de los asuntos que se someten a la consideración de la Junta de Gobierno Local. Es fijado por el alcalde, asistido por la Secretaria de la Junta de Gobierno Local.
Entre la convocatoria y la celebración de la sesión no podrán transcurrir menos de 24 horas, salvo en el caso de las sesiones extraordinarias y urgentes.
Para una válida constitución de la Junta de Gobierno se requiere la asistencia de la mayoría absoluta de sus componentes.
Desarrollo de las sesiones
El alcalde dirige y ordena los debates en el seno de la Junta de Gobierno.
En los casos en que la Junta de Gobierno ejerza competencias delegadas por el Pleno, se necesitará informe de la Comisión Informativa correspondiente.
Actas de las Comisiones
La Secretaria de la Comisión de Gobierno levantará acta de cada sesión que se celebre.
Las Actas de las Comisiones de Gobierno se transcriben en un libro distinto a las del Pleno y constituyen los Libros de Acuerdos de la Junta de Gobierno Local; se pueden consultar en la web municipal o en el Archivo Municipal.