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Seguridad ciudadana

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ALCOHOL Y MENORES

Si Vd. es titular de un establecimiento o local abierto al público recuerde las siguientes prohibiciones, que entre otras, señala la Ley sobre Drogodependencias y Trastornos Adictivos de la Comunidad de Madrid (Ley 5/2002), especialmente en cuanto a los menores de edad se refiere.

  1. No se permitirá la venta, suministro y CONSUMO de bebidas alcohólicas entre otros en los siguientes lugares:
    1. En la VÍA PUBLICA
    2. En aquellas tiendas que permanezcan abiertas las 24 horas del día, o cualquier otro tipo de establecimiento, no dedicado específicamente a esta venta, desde las 22 horas a las 8 horas del día siguiente.
  2. Es su obligación colocar carteles que indiquen la prohibición de vender o suministrar bebidas alcohólicas a menores de 18 años
  3. El suministro de bebidas alcohólicas a través de máquinas automáticas solo podrá efectuarse bajo control de las personas responsables, evitando el acceso a los menores de 18 años, impidiendo su instalación en espacios abiertos al público, y colocando carteles avisadores en las máquinas que indique la prohibición de su venta a los menores de 18 años.
  4. Está prohibido el acceso de menores de 18 años en discotecas, salas de fiesta y establecimientos similares en que se venda o facilite el consumo de bebidas alcohólicas. La Policía Local de Parla está facultada para incautar, como medida cautelar, aquellas bebidas que se estén consumiendo en la vía pública.

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Tel. 010, dentro de Parla. 916240300, fuera de la ciudad
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